jueves, 19 de mayo de 2011

Artículos y Leyes sobre Contratos de Aprendizaje

Este es el reglamento que rigen la Práctica Empresarial:


ACUERDO No.094 DE 2009
(17 de noviembre de 2009)

Por el cual se deroga el Acuerdo 037 de Junio 20 de 2007 y se expide el nuevo reglamento de PRÁCTICA EMPRESARIAL del Programa de TECNOLOGÍA EN ASISTENCIA GERENCIAL, metodologías Presencial y  Distancia.


El CONSEJO ACADÉMICO de la UNIVERSIDAD COLEGIO MAYOR DE CUNDINAMARCA, en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Estatuto  General Acuerdo 011 de 2000, expedido por el CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO



C O N S I D E R A N D O:
Que la Facultad de Administración y Economía ofrece el Programa de Tecnología en Asistencia Gerencial en las metodologías Presencial y Distancia.
Que la Práctica Empresarial hace parte del Plan de Estudios y es una actividad de Proyección Social, que contextualiza el aprendizaje en el ámbito empresarial y como tal  es necesario reglamentarla.

Que el Consejo Académico considera la Práctica Empresarial como actividad académica que hace parte de la formación integral del estudiante del Programa de Tecnología en Asistencia Gerencial en las metodologías Presencial y Distancia y, en consecuencia, es necesario reglamentarla.


ACUERDA:

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES


ARTÍCULO 1. REGLAMENTACIÓN.  El Reglamento de Práctica Empresarial comprende normas y procedimientos que rigen las relaciones entre los estudiantes practicantes  del Programa de Tecnología en Asistencia Gerencial en las metodologías Presencial y Distancia, con la Universidad y Sector Productivo.
El reglamento aplica para estudiantes del Programa de Tecnología en Asistencia Gerencial metodología Presencial y Distancia, que cursan los componentes de Práctica Empresarial I y II en los niveles quinto y sexto, respectivamente.
ARTÍCULO 2. DEFINICIÓN.  La Práctica Empresarial es un componente temático orientado al fortalecimiento de la formación integral de los estudiantes, el desarrollo de las competencias específicas y la aplicación de los conocimientos adquiridos en el transcurso de la carrera, con el fin de contextualizarlos en el ámbito laboral, bien sea a nivel local, nacional o en el exterior.









ARTÍCULO 3. NATURALEZA. La Práctica Empresarial que realizan los estudiantes durante su proceso de formación tiene carácter académico y corresponde al componente temático de Práctica Empresarial de quinto y sexto nivel del plan de estudios del Programa de Tecnología en Asistencia Gerencial.
ARTÍCULO 4. OBJETIVO. Lograr que los estudiantes del Programa de Tecnología en Asistencia Gerencial desarrollen competencias cognitivas, comunicativas, sociales y creativas propias de su profesión, frente a las labores asignadas en el ámbito administrativo, para elevar la calidad profesional y procurar el acercamiento entre la academia y el sector productivo.


CAPÍTULO II
ASPECTOS ACADÉMICOS

ARTÍCULO 5. REQUISITOS.  Los niveles de Práctica Empresarial I y II, como componentes temáticos del plan estudios en el Programa de Tecnología en Asistencia Gerencial metodologías Presencial y Distancia, requieren:
  1. Haber aprobado todos los componentes temáticos del Área Básica (formación tecnológica y disciplinar) correspondientes a cuarto y quinto nivel.

  1. Aprobar  la Práctica Empresarial I y II con una nota mínima de 3.8  (Tres punto ocho).

  1. Tener matrícula vigente, estar afiliado a una EPS y contar con el seguro estudiantil.

  1. Haber cumplido con el proceso de aceptación y asignación del escenario de práctica.

 ARTÍCULO 6.   INTENSIDAD Y DURACIÓN.  La Práctica Empresarial I y II tendrá una intensidad de 2 créditos semanales, respectivamente,  durante el período académico.

ARTÍCULO 7. ESCENARIOS DE PRÁCTICA.  El escenario de práctica es un espacio en una Entidad del sector público o privado, a nivel local, nacional o en el exterior, donde el estudiante aplica en la realidad empresarial sus conocimientos, habilidades y destrezas aprendidas a lo largo de su formación académica.

La Práctica Empresarial I y II, se desarrolla en las diferentes dependencias de la Universidad o en las entidades con las que el estudiante tenga contrato de aprendizaje o contrato laboral. Igualmente, en las organizaciones con las cuales la Universidad tiene  convenio, cartas de intención u otro vínculo de alianza estratégica,  teniendo en cuenta que:








  1. La Filosofía de la entidad en donde se desarrolle la práctica sea coherente con la institucional.

  1. La entidad ofrezca actividades en las cuales los estudiantes se desempeñen según el perfil profesional del Tecnólogo en Asistencia Gerencial.

  1. Las actividades realizadas por los estudiantes contribuyan al logro de los objetivos académicos de la Universidad, del programa y de la entidad.
  2. Las actividades desarrolladas por los estudiantes contribuyan con el fortalecimiento de sus competencias.

ARTÍCULO 8. RECONOCIMIENTO ESCENARIO DE PRÁCTICA. A los estudiantes que tienen contrato laboral o contrato de aprendizaje con una entidad, se les reconoce su escenario de trabajo como escenario de práctica, siempre y cuando el practicante cumpla con la presentación de los siguientes requisitos:
  1. Carta de intención.

  1. Copia del registro de la empresa ante la Cámara de Comercio.

  1. Copia del contrato laboral vigente o contrato de aprendizaje, para verificar fecha de ingreso, tipo de contrato, cargo, profesional delegado por la empresa, escenario en el que se desempeñará y funciones asignadas. La contratación debe cubrir como mínimo el período académico en el que se desarrolla la Práctica Empresarial.

  1. Informe escrito que contemple las funciones acordes con el perfil del Tecnólogo en Asistencia Gerencial.

  1. Verificación y aprobación del escenario de práctica por el docente designado por el programa.

PARÁGRAFO. En los casos de terminación del contrato laboral antes de culminar la Práctica Empresarial respectiva por justa causa, el docente asigna un nuevo escenario para cumplir el número de créditos estipulados en el presente reglamento.

ARTÍCULO 9. RECONOCIMIENTO ESCENARIO DE PRÁCTICA INTERNACIONAL. El estudiante que en el momento de realizar la práctica empresarial I y II, esté laboralmente fuera del ámbito local o en el exterior, le será reconocido el escenario, en el cual se desempeñe, con la presentación de los siguientes requisitos:

  1. Carta de intención.

  1. Contrato laboral vigente.   

  1. Constancia de la ubicación geográfica del escenario.







4. Informe avalado por el profesional delegado en la empresa, con la descripción de las funciones que desempeña de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento, según formato diseñado por el programa.


CAPÍTULO III
METODOLOGÍA PARA LA PRÁCTICA  EMPRESARIAL

ARTÍCULO 10. PROCEDIMIENTO. La Práctica Empresarial comprende la programación y organización  en las diferentes dependencias de la Universidad o en entidades con convenio o cartas de intención u otro documento de alianza estratégica en el ámbito local, nacional o en el exterior, de acuerdo con el número de estudiantes matriculados y las condiciones pactadas en los convenios.

ARTÍCULO 11. INSCRIPCIÓN.  La inscripción a la Práctica Empresarial I y II  se realiza durante el proceso de matrícula.
ARTÍCULO 12. INDUCCIÓN. Los estudiantes que inician su Práctica Empresarial nivel I y II, son convocados por el docente de práctica a una reunión de inducción, con el fin de dar a conocer el presente reglamento y demás directrices para garantizar el normal desarrollo. Esta inducción se realiza en la última  semana del período  académico anterior al proceso.

ARTÍCULO 13. ASIGNACIÓN DEL ESCENARIO DE PRÁCTICA. Este proceso lo lleva a cabo el docente asignado por le programa para tal fin, con los estudiantes de Práctica Empresarial I y II, así:
  1. Publicación de perfiles empresariales solicitados.

  1. Presentación de hojas de vida con las que se postulan al escenario de práctica.

  1. Presentación de entrevista con el docente de práctica para ser ubicados según perfil.

  1. Elaboración y publicación de asignación de escenarios de práctica.

  1. Presentación de entrevista del estudiante con la persona delegada por la entidad.

PARÁGRAFO 1.  Cuando el estudiante no ha sido aceptado en el escenario de práctica asignado, se reinicia el proceso de ubicación para el desarrollo de la práctica.
PARÁGRAFO 2.  El incumplimiento de los numerales 2, 3 y 5, sin justificación por parte de los estudiantes, incide en la no aprobación del escenario de práctica.








ARTÍCULO 14.  INICIACIÓN DE LA PRÁCTICA EMPRESARIAL. Ésta inicia con la reunión de inducción, en la que se enfatiza el compromiso de los estudiantes con la Universidad y con cada escenario de práctica.
La Práctica Empresarial se formaliza cuando los estudiantes asisten al respectivo escenario de práctica, radican la carta de presentación de la UNIVERSIDAD COLEGIO MAYOR DE CUNDINAMARCA y son aceptados.
ARTÍCULO 15. LA PRÁCTICA EMPRESARIAL COMO COMPONENTE TEMÁTICO. La Práctica Empresarial I y II son componentes temáticos del plan de estudios. Los estudiantes deben cumplir con los requisitos académicos de dicho plan y  los exigidos por el escenario de práctica:

  1. Asistir puntualmente a la clase y los encuentros directos de Práctica Empresarial.
  2. Elaborar acta del desarrollo de la clase, socializada para ser  aprobada y entregarla al docente de práctica.
  3. Participar en las actividades académicas programadas.
  4. Hacer encuentros directos con el docente en el desarrollo semanal de su práctica y reportar las situaciones que ameriten su análisis y solución.

PARÁGRAFO.  El componente temático de Práctica Empresarial no debe interferir con los demás componentes y viceversa, para realizar actividades distintas a las propias.


ARTÍCULO 16. FUNCIONES EN EL ESCENARIO DE PRÁCTICA. Las  funciones a desarrollar por los estudiantes de práctica son:
  1. Ofrecer un servicio de calidad al cliente interno y externo de la entidad asignada.

  1. Colaborar en la elaboración, ejecución y revisión de documentos comerciales y proyectos adicionales en coordinación con el profesional delegado por la entidad.
  2. Aplicar los conocimientos y competencias en las áreas de administración, contabilidad, informática y las demás áreas de su formación profesional.

  1. Seguir las directrices y recomendaciones impartidas por la persona delegada por la entidad.


ARTÍCULO 17. INASISTENCIA.  Se considera inasistencia, la ausencia de los estudiantes al escenario de práctica de acuerdo con el reglamento estudiantil vigente.










ARTÍCULO 18.  EVALUACIÓN. La Práctica Empresarial se evalúa como un componente temático del plan de estudios, de acuerdo los siguientes criterios:

Los estudiantes son evaluados por el profesional delegado por la empresa, bien sea en la entidad o en un área de la Universidad, por el docente de práctica y la autoevaluación, así:

  1. El Profesional delegado por la empresa evalúa al estudiante con base en el formato de “Evaluación de Práctica Empresarial”, en presencia del docente y en lo posible del estudiante con una ponderación porcentual del 30%.                                

  1. El Docente de práctica evalúa al estudiante por la elaboración de trabajos, proyecto de práctica, evaluaciones y demás prácticas académicas que sean pertinentes, cuya ponderación sería del 60%.

  1. Los Estudiantes realizan su autoevaluación, como reflexión de su quehacer  con base en criterios establecidos en el formato de “Evaluación de Práctica Empresarial” y su equivalente porcentual es del 10%.

La primera y segunda nota parcial se obtiene del promedio de la sumatoria de las tres evaluaciones mencionadas anteriormente.

La nota del examen final se obtiene igualmente del promedio de la calificación del jefe, docente y  autoevaluación.
PARÁGRAFO. Los estudiantes que realizan su Práctica Empresarial fuera del ámbito local, serán orientados por el docente de práctica a través de los medios virtuales que la universidad tenga en uso.

Así mismo, el proceso de evaluación se realizará en estricta comunicación con el profesional delegado por la empresa, quien a su vez diligenciará los respectivos formatos, los cuales se enviarán por medio virtual al docente de práctica.

ARTÍCULO 19. FALTAS DISCIPLINARIAS.  Además de las consignadas en el reglamento estudiantil, se consideran faltas disciplinarias las siguientes:
1.    Faltar al escenario de práctica, con inasistencia no justificada superior al 15% de la totalidad de las horas establecidas para cada nivel con 2 créditos.


2.    Abandonar el escenario de práctica sin causa justificada o cuando la empresa destinataria no admita al practicante por razones de indisciplina, incumplimiento en las funciones a su cargo e ineptitud en el puesto de trabajo.
2.









3.    No cumplir con el horario de  ingreso  o salida del escenario de práctica asignado por la empresa.

4.    Atender a personas no autorizadas por la entidad donde se realiza la práctica.
4.
5.    Realizar cualquier tipo de actividad diferente a la asignada dentro de los escenarios de práctica.
5.
6.    Actuar en contra del Reglamento Estudiantil y de las normas establecidas en el Reglamento  Interno de Trabajo de la organización en donde realiza la práctica.

ARTÍCULO 20.  PÉRDIDA DE LA PRÁCTICA.  Son causas de pérdida:

  1. Resultado no aprobatorio por calificación inferior de 3.8 (tres ocho).

  1. Inasistencia superior al quince por ciento (15%) de las horas totales requeridas para cada nivel, bien sea a las actividades académicas,  escenario de práctica, clase o tutoría. La nota definitiva en estos casos será de cero punto cero (0.0) y el estudiante deberá repetir este componente temático en el período académico siguiente.

  1. Faltas contra la ética profesional de acuerdo con el debido proceso según reglamento estudiantil.

  1. Una vez iniciado la Práctica Empresarial, sólo se podrá suspender  por causas de fuerza mayor demostradas y avaladas por el docente de práctica  o la entidad.

  1. El estudiante que abandone sin justa causa la Práctica Empresarial, tendrá una calificación de cero punto cero (0.0).

PARÁGRAFO.  En estos casos dependiendo de la gravedad de la falta se aplica lo consignado en el Reglamento Estudiantil vigente.


CAPÍTULO IV


DEBERES Y DERECHOS DE LOS ACTORES QUE DESARROLLAN LA PRÁCTICA EMPRESARIAL


ARTÍCULO 21. DEBERES DE LOS ENTES PERTICIPANTES


DE LOS ESTUDIANTES
  1. Conocer el reglamento de Práctica Empresarial.
  2. Portar el carné de estudiante, de la EPS y del seguro estudiantil.








  1. Actuar de conformidad con los postulados de la ética, los valores y  principios de la Universidad.
  1. Cumplir con las actividades académicas individuales o colectivas programadas en la práctica,  bien sea en el  escenario de práctica o en la universidad.
  2. Informar oportunamente al profesional delegado por la empresa o al docente, cualquier dificultad que se presente durante el desarrollo de la Práctica Empresarial.
  3. Seguir el conducto regular en todos los trámites y actividades relacionados con la práctica, bien sea en la entidad o en la universidad.
  4. Conservar en perfectas condiciones los equipos que se suministren para el ejercicio profesional y utilizarlos racional y cuidadosamente.

  1. Ejecutar en la entidad o en las áreas de la Universidad, los trabajos asignados de manera responsable y eficiente.


DEL DOCENTE DE PRÁCTICA

  1. Realizar visitas durante el período de práctica, con el fin de orientar, guiar y verificar el cumplimiento de los estudiantes con sus actividades y evaluar conjuntamente con el profesional delegado por la institución en el desarrollo de la práctica.

  1. Mantener permanente contacto y disponibilidad de atención con la entidad,  con el fin de resolver las dificultades que se presenten con los estudiantes.

  1. Exigir a los estudiantes como alumnos regulares de la UNIVERSIDAD, la afiliación a una EPS y el seguro estudiantil, documentos estipulados en el proceso de matrícula, con el fin de atender casos de enfermedad o accidente en el desarrollo de la práctica.


DE LOS ESCENARIOS


  1. Conocer el reglamento de Práctica Empresarial.
  2. Ofrecer a los estudiantes el espacio de trabajo, equipos y herramientas, necesarios y adecuados para el desarrollo de su práctica.
  3. Definir a los estudiantes claramente las funciones, orientarlos y asesorarlos en el desempeño de la práctica.
  4. Informar a la Universidad sobre cualquier anomalía surgida durante la práctica cuando ésta afecte el desempeño laboral de los estudiantes, a través del docente de Práctica Empresarial.






  1. Realizar los procesos de evaluación conjuntamente con el docente de práctica que permitan valorar el desempeño de los estudiantes.

  1. Contribuir con la formación profesional de los estudiantes practicantes.


ARTÍCULO 22.  DERECHOS DE LOS  ESTUDIANTES
  1. Recibir un trato respetuoso en el escenario de Práctica Empresarial y en la clase o en la tutoría.

  1. Recibir inducción, asesoría y retroalimentación permanente por parte del docente de práctica y el profesional delegado por la empresa.

  1. Realizar funciones de acuerdo con el perfil profesional del Tecnólogo en Asistencia Gerencial.

  1. Contar con condiciones físicas, ambientales y de clima organizacional adecuado, que le permitan desempeñarse eficazmente durante el desarrollo de la Práctica Empresarial.

  1. Disponer de los equipos, elementos y materiales de trabajo necesarios para un buen desempeño profesional.

  1. Conocer en forma oportuna los resultados de las evaluaciones parciales y finales.
CAPÍTULO V

DOCENCIA EN LA PRÁCTICA EMPRESARIAL


ARTÍCULO 23. DOCENTES DE PRÁCTICA 

El programa designa profesionales que se desempeñan como docentes de práctica en cada nivel, quienes orientan, coordinan, asesoran y evalúan el proceso, de acuerdo con las normas establecidas en el reglamento estudiantil y de Práctica Empresarial.
ARTÍCULO 24. ACTIVIDADES.  Las actividades de trabajo de los profesores de Práctica Empresarial se realizan en equipo con fines de:

  1. Seleccionar y asignar los escenarios de práctica y mantener contacto permanente con éstos, en las entidades y las áreas de la  Universidad.
  2. Apoyar la gestión y actividades asociadas con la legalización de convenios.
  3. Orientar, apoyar y hacer seguimiento al proceso de la Práctica Empresarial.







  1. Elaborar el calendario de práctica al inicio de cada período académico y proponer los escenarios correspondientes, con el visto bueno del decano de la facultad.
  2. Conocer previamente el escenario de práctica y las funciones por desempeñar, con el fin de determinar el cumplimiento de los requerimientos del perfil profesional del Tecnólogo en Asistencia Gerencial y verificar el convenio.

  1. Elaborar y entregar oportunamente las cartas de presentación a los estudiantes para que inicien su práctica.

  1. Actualizar y preparar los formatos, controles y demás materiales necesarios para el desarrollo y seguimiento de la Práctica Empresarial.
  2. Realizar visitas regulares a los escenarios de práctica, con el fin de mantener comunicación permanente, hacer asesoría, seguimiento y evaluación.
  3. Asistir a las reuniones generales programadas por la Universidad para recibir lineamientos institucionales.
  4. Controlar y evaluar los resultados del proceso académico empresarial.
  5. Presentar informes a la coordinación del programa sobre lo relacionado con el desarrollo de la Práctica Empresarial.
  6. Realizar acciones de difusión del programa y ampliar la base de datos de futuros escenarios de práctica.

  1. La demás que le sean asignadas por el decano, en cumplimiento del objetivo de la Práctica Empresarial



CAPÍTULO VI


DISPOSICIONES VARIAS

ARTÍCULO 25.   Los casos no contemplados o extraordinarios que afectan el desarrollo de la Práctica Empresarial, se resuelven siguiendo el conducto regular: docente de práctica, Comité de Currículo del programa, dirección de programa, decanatura  y Consejo de Facultad.

ARTÍCULO 26.   Los estudiantes de Práctica Empresarial son responsables de sus actuaciones durante el desarrollo de la misma y deben responder por sus acciones, ya sean de carácter personal, laboral, penal, civil o de otra naturaleza.









ARTÍCULO 27. VIGENCIA.  Este reglamento rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los Acuerdos 002 del 11 de marzo de 1998, 037 del 20 de junio de 2007 y las demás disposiciones que le sean contrarias.


COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE



Expedido en Bogotá, D.C., el 17 de noviembre de 2010.



EL PRESIDENTE DEL CONSEJO,






MIGUEL AUGUSTO GARCÍA BUSTAMANTE




LA SECRETARIA DEL CONSEJO,






CARMEN ELIANA CARO NOCUA




Mag.  Humberto Alejandro Rosales Valbuena
Decano Facultad Administración y Economía



Mag. Ángela Forero
Directora Programa Tecnología en Asistencia Gerencial


Esto es lo que dictamina el sena a cuanto contrato de aprendices se refiere:


 

La ley 789 de 2002, donde se dictamina el contrato de aprendizaje:


LEY 789 DE 2002

(diciembre 27)


por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo de Trabajo. 

Capitulo VI

http://www.fondoemprender.com/BancoMedios/Documentos%20PDF/Ley_789-2002.pdf


El Decreto 1779 del 18 de mayo de 2009 dictamina lo siguiente en relacion con los contratos de aprendizaje:

http://www.actualicese.com/normatividad/2009/05/18/decreto-1779-de-18-05-2009/


No hay comentarios:

Publicar un comentario